martes, 17 de julio de 2012

LINEA ICO INVERSIÓN 2012


  • Clientes
Autónomos y entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG's, Administración Pública, etc.)
  • Vigencia
Hasta el 15 de diciembre de 2012
  • Inversiones financiables
Son financiables a través de préstamo o leasing, las inversiones productivas realizadas dentro del territorio nacional y que se destinen a:
  1. Adquisición de activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
  2. Compra de vehículos turismo, cuyo precio no supere los 30.000 euros más IVA. Los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%.
  3. Adquisición de empresas
  4. Hasta el 10% sobre el importe de la financiación para gastos de capital circulante
  5. Impuesto sobre el valor añadido (IVA) o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
Las inversiones no podrán ser anteriores a 1 de enero de 2011 y deberán ejecutarse en el plazo máximo de un año desde la firma de la financiación.
En ningún caso será posible financiar a través de esta línea la refinanciación de deuda y otros impuestos ligados a la inversión distintos a los citados.

  • Financiación máxima
El 100% del proyecto de inversión, con un máximo de 10 millones de euros por cliente y año
  • Tipo de interés para el cliente
Operaciones sin carencia: Fijo/Euribor 6 meses más diferencial, más hasta 1,80%
Operaciones con carencia: Fijo/Euribor 6 meses más diferencial, más hasta 1,65%
  • Plazo de amortización
El cliente puede elegir entre:
  1. 3 años sin carencia para el pago del principal
  2. 5 años sin carencia o con 1 año de carencia para el pago del principal
  3. 7 años sin carencia o con 1 año de carencia para el pago del principal
  4. 10 años sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal
  5. 12 años sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal
  6. 15 años sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal
  7. 20 años sin carencia o con 2 años de carencia para el pago del principal

  • Comisiones
Las entidades de crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad
  • Bonificación de las CCAA y otros organismos nacionales y europeos
Esta línea es compatible con ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas (CCAA) u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas públicas establecidas por la Unión Europea.



No hay comentarios:

Publicar un comentario